Publicado el 7 de julio del 2018

Facturas de luz deberán expresar la “gratuidad del servicio para electrodependientes”

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La Plata, 07 Jul (Infogei).- En el mismo sentido, la iniciativa incluya en dicho texto que, “la provisión de grupos electrógenos está de acuerdo a la dispuesto por la ley nacional  27.351 y provincial  14.988”.

Al respecto, el senador de UC-FPV, Federico Susbielles, recordó “lo sucedido con Valentín Ladislao, el niño electrodependiente que falleció tras haber estado 14 horas sin luz, nos debe llamar a la reflexión”.

“Si bien en 2017 el Congreso Nacional y luego la legislatura provincial, aprobaron la Ley 27.351 que protege a las personas electrodependientes con la gratuidad del servicio y obligando a las distribuidoras a entregar una fuente alternativa de energía, vemos que esas leyes no se difunden, ni se cumplen en su totalidad”, agregó Susbielles.

La iniciativa de UC también contempla la creación de una línea gratuita de atención de usuarios electrodependientes por cuestiones de salud “para radicar denuncias o reclamar información sobre la ley 14.988”. Además establece que esa línea no tendrá menú de opciones sino que deberá ser atendida por personal capacitado en forma directa, sin costo para el usuario, en toda la provincia y los 365 días del año.

El proyecto destaca que el Estado es el responsable de brindar información y asesoramiento a los usuarios sobre los derechos que les asisten y en ese sentido, resalta la obligatoriedad de la Provincia de realizar campañas informativas y de concientización para asistir a los beneficiarios de la gratuidad del servicio respecto a los trámites que deben cumplir para acceder a este beneficio.

Detalles del Proyecto

El texto del proyecto legislativo de ser aprobado por ambas cámaras,  obligaría la inclusión en anexo a las facturas de energía eléctrica e impuestos provinciales, trimestralmente la siguiente información:  “Los hogares donde residan personas electrodependientes gozarán de GRATUIDAD en el servicio público de provisión de energía eléctrica, como así también la provisión de Grupos Electrógenos en caso de suspensión del servicio”

También se señala que el anexo deberá contener un explicativo del procedimiento que deben realizar los usuarios para inscribirse en el Registro de Electrodependientes. Información de Organizaciones Civiles sin fines de lucro que representan a los Usuarios y la línea gratuita.

En tanto, de aprobarse la normativa,  crea la “Línea Gratuita de Atención a usuarios electrodependientes por cuestiones de salud” para atender consultas y denuncias por incumplimientos a la Ley N° 14.988, con alcance provincial, sin costo para los usuarios y que funcionará los 365 días.

En otro de sus párrafos, remarca que dicha línea “no contará con un menú de opciones de derivación de comunicaciones. Las llamadas deberán ser atendidas directamente por operadores humanos”.

Por último, la propuesta legislativa de ser aprobada, obliga al Poder Ejecutivo a realizar campañas de difusión masiva en medios de comunicación provincial o local sobre las formas de acceso al derecho a la tarifa gratuita de Ley N° 14.988. (InfoGEI)Jd