Publicado el 5 de agosto del 2018

LA EXTRACCIÒN Y COMECIALIZACIÓN LAS ARENAS SILICEAS, Papaiani quiere declarar de utilidad pública e interes provincial

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La presidente del bloque Frente de Agrupaciones, Florencia Papaiani presentó un proyecto de ley para declarar de utilidad e interés provincial la exploración, el aprovechamiento y el estudio de las arenas silíceas; como insumos significativos de diversos procesos industriales.

Se establece que toda persona física o jurídica que lleve adelante el aprovechamiento de arenas silíceas en Chubut deberá efectuarlo instrumentando dentro de plazos razonables, las inversiones que sean necesarias para la ejecución de los trabajos que exija el desarrollo de toda la superficie abarcada por el aprovechamiento, con arreglo a las más racionales y eficientes técnicas y en correspondencia con la característica y magnitud del recurso en el proyecto particular, asegurando la máxima producción compatible con la explotación adecuada y económica; en el marco de la observancia de criterios que garanticen un aprovechamiento sustentabledesde el punto de vista económico, social y ambiental del recurso.

También se deberá establecer como contribución especial a la actividad de extracción de arenas silíceas en el territorio provincial el 10% del valor de la primera venta efectuada del recurso, pudiendo ser reducida hasta el 5% del valor de la misma en el caso de la acreditación fehaciente de la industrialización en el territorio provincial requerida para su aplicación directa en los procesos productivos o por acreditar una matriz de proveedores locales superior al 80% del volumen de facturación de los proveedores en cada proyecto.

En el caso de no existir ventas instrumentadas del recurso por tratarse de empresas integradas verticalmente, se procederá al cálculo en un precio promedio ponderado de la tonelada de arena silícea para producción en el mercado argentino.

En cuanto a lo recaudado por la contribución especial fijada se destinará en un 40% al desarrollo, mantenimiento y mejora de la red vial utilizada en las zonas del aprovechamiento del recurso a través de la Administración de Vialidad Provincial; un 30% a los municipios con finalidad especifica en el desarrollo de infraestructura productiva de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Ley II N°6; un 20% a un fondo anticíclico para los trabajadores de la actividad, administrado por el Poder Ejecutivo

Provincial; y un 10% destinado a la adquisición de bienes de capital para las autoridades de aplicación.

Aprovechamiento sustentable

Entre sus fundamentos, la legisladora indica que las arenas silíceas son un componente esencial en la industria hidrocarburífera en yacimientos no convencionales de forma tal que la mayor parte de la producción de la misma en el territorio provincial tiene como objetivo proveer a dicha industria.

Que corresponde evaluar las medidas necesarias a tomar por parte del Estado Provincial a fin de generar las condiciones que impliquen un aprovechamiento sustentable del recurso, y una participación adecuada en la generación de riqueza, mediante la captación razonable de la renta que los recursos naturales generan.

Sostiene que el aprovechamiento del recurso implica la utilización intensiva de infraestructura vial provincial entre otras utilizaciones de las infraestructuras productivas de la Provincia, por lo cual desde la equidad y la igualdad en las cargas públicas, corresponde un aporte especial en las mismas.

“Los recursos naturales pertenecen al dominio originario de la provincia, pero ello no obsta que decida colaborar en base a los fondos recaudados con el desarrollo de los municipios de conformidad como ha ocurrido con las leyes que coparticipan ingresos provenientes de la actividad hidroeléctrica e hidrocarburífera”, indicó.