Publicado el 1 de junio del 2022

La Oficina Anticorrupción quiere saber si el Ministerio de Salud controla la prohibición del cobro de plus médico

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El titular de la Delegación Regional Puerto Madryn de la Oficina
Anticorrupción, Eduardo Conde, solicitó información al Ministerio de Salud
de la provincia sobre la aplicación y efectos de lo establecido en la Ley
XVIII N° 101, que, entre otras acciones, prohíbe del cobro de plus por los
servicios prestados por los profesionales de la salud, por sobre aquellos
aranceles convenidos entre las obras sociales y los profesionales médicos
u organizaciones gremiales que los agrupen.
En función de que “el Ministerio de Salud de la Provincia es la autoridad
de aplicación de la esta norma, que se encuentra vigente desde el 20 de
septiembre de 2019, por lo que queremos saber también si fue creado el
cuerpo de inspectores que debe abocarse a inspeccionar los lugares en que
brindan sus servicios los prestadores de las diferentes obras sociales, a
fin de detectar si se comete lo que la ley prohíbe”, explicó Conde.
Con el impulso de que la ley orgánica de la Oficina Anticorrupción impone
actuar en prevención e investigación de conductas que puedan implicar
irregularidades funcionales y/o incumplimiento de los deberes de
funcionario público, Conde requirió información respecto a “si se cumple
aquello que la misma normativa –Ley XVIII N° 101- ordena: que el
Ministerio debe proveer, en cantidad adecuada, cartelería con la
inscripción ‘El cobro de plus médico es ilegal. Denúncielo’, la que debe
ser exhibida en lugar visible tanto en centros ambulatorios como de
internación”.
Y, por último, también pidió saber “si han existido denuncias respecto del
cobro indebido del denominado plus médico y cuáles fueron las acciones
emprendidas como consecuencia de dichas presentaciones”.